IPECOL y Ayuntamientos, deben garantizar acceso a la información: Congreso del Estado

*Se deberán publicar los adeudos de entidades públicas patronales*Las Comunas deberán hacer públicos sus planes o programas de desarrollo

urbano

 

Para garantizar que el Instituto de Pensiones del Estado de Colima

atienda las disposiciones en materia de transparencia para la

publicación de la información que genera, y para que los ayuntamientos

den a conocer a través de sus portales informativos, sus planes o

programas de desarrollo urbano, el Congreso local aprobó reformas en

dichas materias.

 

Estas reformas fueron presentadas por la coordinadora de la fracción

parlamentaria de Morena la diputada Claudia Aguirre Luna, quien, en la

exposición de motivos, señaló que en la fracción IX del artículo 77 de

la Ley de Pensiones de los Servidores Públicos del Estado de Colima, se

encuentra lo relativo a la relación de Entidades Públicas Patronales que

tengan adeudos por concepto de aportaciones, cuotas y descuentos, a

partir de la quincena inmediata siguiente al que éstos hayan sido

exigibles, indicando el concepto, monto y número de quincenas que

integran el adeudo.

 

Indicó que esa información, resulta de gran interés para la ciudadanía

en general, pero en especial para los trabajadores pertenecientes a las

Entidades Públicas Patronales, pues de esta forma pueden corroborar que

los descuentos que les son realizados por estas entidades sean

debidamente aplicados.

 

Sin embargo, señaló que el IPECOL ha sido omiso en cumplir esa

obligación, a pesar de que desde enero del año 2020 se han hecho

diversos exhortos y llamados para ello, “ha sido una reiterada pero

silenciosa negativa a cumplir con lo señalado en la ley, se puede

inferir que desde la Dirección General del IPECOL se busca proteger de

la opinión pública y de posibles consecuencias legales al Gobierno del

Estado que es uno de los principales deudores”.

 

Mencionó que con la reforma se busca solventar el vacío legal existente,

pues actualmente la referida obligación no se encuentra vinculada a la

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de

Colima, lo que dificulta su vigilancia por parte del Instituto de

Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del

Estado de Colima.

 

De acuerdo con las reformas, el Instituto de Pensiones de los Servidores

Públicos del Estado de Colima deberá hacer pública en internet: la

información financiera y presupuestaria que mensualmente apruebe el

Consejo Directivo; las resoluciones que acuerde el Consejo Directivo, en

materia de otorgamiento de pensiones; la relación de pensiones

otorgadas, denegadas, suspendidas, modificadas, revocadas y terminadas;

el otorgamiento, control y recuperación de los préstamos en los términos

de la Ley de Pensiones de los Servidores Públicos del Estado de Colima.

 

La legisladora incluyó también; las convocatorias a sesiones ordinarias

y extraordinarias del Consejo Directivo; las resoluciones que acuerde el

Consejo Directivo y que tengan repercusión en el fondo de Cuentas

Institucionales; los resultados de auditorías externas que se practiquen

al Instituto; los resultados de las valuaciones actuariales del sistema

de pensiones de acuerdo con la periodicidad con que estos hayan sido

elaborados; la relación de Entidades Públicas Patronales que tengan

adeudos por concepto de aportaciones, cuotas y descuentos, a partir de

la quincena inmediata siguiente al que éstos hayan sido exigibles,

indicando el concepto, monto y número de quincenas que integran el

adeudo; la transmisión de las sesiones del Consejo Directivo en vivo a

través de su página oficial, almacenando en la misma, las

videograbaciones que se susciten de la sesión para que puedan ser

consultadas por los interesados; salvo los casos de excepción previstos

en la Ley y cualquier otra que a juicio del Consejo Directivo deba de

ser publicada en beneficio de los afiliados y pensionados.

 

Aguirre Luna, también detalló que se considera pertinente establecer

como una obligación de los municipios el evaluar y revisar sus planes o

programas municipales de desarrollo urbano cada 3 años y además en

atención a la publicidad y difusión que deben tener estos instrumentos

de desarrollo urbano, se propone reformar la Ley de Transparencia y

Acceso a la Información Pública del Estado de Colima para que dicha

información sea incluida en el portal de transparencia de los

municipios, con lo cual se facilitará su acceso por parte de los

ciudadanos.

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